Julio 1, 2024

Competencia en el sector salud: La contienda entre ACHS y Andes Salud

Jaime Troncoso R.
El Tribunal de la Libre Competencia resolvería el caso a fines de 2024.

La Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), una mutual privada sin fines de lucro que administra el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, está siendo cuestionada por Andes Salud, controlada por las familias Sáenz y Imschenetzky, por ofrecer servicios de consultas médicas, según ellos, fuera de su ámbito de cobertura del seguro laboral. La Fiscalía Nacional Económica (FNE) realizó un informe de 36 páginas sobre competencia en este caso. El informe afirma que analizados los 190 mercados relevantes, “la participación de la ACHS es acotada, por lo que no cuenta con una posición dominante, ni resulta probable que ella sea alcanzada en un corto o mediano plazo”. Por su parte, se sumaron otros actores como la Mutual de Seguridad que hace algunas advertencias.


Qué sucedió. Los controladores de la red de clínicas Andes Salud, adquiridas en 2018 a la ex Empresas Más Vida, presentaron una consulta ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). Cuestionan que la ACHS, mutual establecida por la Sofofa en 1958, ofrezca prestaciones de salud fuera de su ámbito de cobertura del seguro laboral.

  • El conflicto surgió en diciembre pasado cuando Andes Salud acusó a la ACHS ante el TDLC de utilizar prácticas anticompetitivas, como precios extremadamente bajos en licitaciones y posibles subsidios cruzados. Esto, según Andes Salud, dificulta la competencia justa en el mercado en el que operan sus clínicas.
  • Andes Salud argumentó que la ACHS, debido a su gran tamaño y recursos, está en una posición dominante que les permite operar de manera desleal. Afirma que la ACHS puede ofrecer precios por debajo de los costos gracias a los ingresos de sus seguros laborales (0,9% de la cotización de los trabajadores), generando una distorsión en el mercado.​​
  • Por su parte, la ACHS sostiene que desde 1978 atiende rehabilitación, traumatología y quemados en el Hospital del Trabajador, su principal centro, y que en febrero de 2023, el Ministerio del Trabajo permitió que sus centros ambulatorios de todo el país, que atendían el seguro laboral, brindaran otras atenciones de salud, regidos por la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), regulador que los había autorizado para realizar un piloto por dos años para evaluar el programa.

El proceso. El TDLC está evaluando la situación tras admitir el caso el 25 de enero de 2024, limitando su pronunciamiento exclusivamente sobre las conductas de las autoridades sectoriales relacionadas con la Extensión de la Atención Médica. Esto excluyó la solicitud de Andes Salud de abordar otros aspectos, como la celebración de contratos para la prestación de servicios de salud con el Estado y el proceso de expansión de la ACHS.

  • Andes Salud apeló contra esta última decisión a la Corte Suprema el 17 de febrero, pero el recurso fue rechazado el 8 de marzo. El equipo de abogados de Andes Salud, liderado por Javier Velozo y Pablo Pardo, presentó un recurso de reposición, pero la Corte Suprema ratificó su fallo señalando en su escrito que el TDLC “puede, como lo hizo, delimitar el ámbito de la consulta sometida a tramitación”.
  • El TDLC ha programado audiencias para revisar las acusaciones y defensas presentadas por ambas partes. Se espera una resolución para finales de año.

La defensa. La ACHS argumenta que sus prácticas están dentro de los márgenes legales y que su estructura de costos y reinversiones en infraestructura justifican sus precios competitivos. Afirma que sus clínicas operan de manera autofinanciada y niega las acusaciones de subsidios cruzados.

  • Cristóbal Cuadra, gerente de la división de Asuntos Jurídicos y Corporativos de la ACHS, asegura que el informe de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) demuestra que el proyecto de salud común ambulatoria “no atenta contra la libre competencia”. Señala que los problemas actuales del sistema de salud requieren la participación de todos los actores, públicos y privados.
  • Cuadra señala que “es positivo que se estudien” eventuales mejoras al seguro laboral obligatorio esbozadas en el mismo informe de la FNE.

Informe de la FNE. En el intertanto, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) realizó un informe de 36 páginas sobre competencia en este caso. En sus conclusiones aseguró que analizados los 190 mercados relevantes, concluyó que “la participación de la ACHS es acotada, por lo que no cuenta con una posición dominante, ni resulta probable que ella sea alcanzada en un corto o mediano plazo”.

  • Recomienda al TDLC, la incorporación de medidas que permitan obtener información fidedigna de los costos asociados al SLO y a prestaciones distintas al SLO, tales como el establecimiento de un giro único o una separación contable.
  • Así como una evaluación, en base a antecedentes objetivos y económicamente justificados,
    acerca de si las tasas de cotización fijadas por la normativa se encuentran en un nivel que permita el autofinanciamiento del SLO y un uso eficiente de los recursos en este mercado.

Los actores

La ACHS, es una mutual establecida por la Sofofa en 1958 y tiene el 40% del mercado de las mutuales, seguida por la Mutual de Seguridad, de la Cámara Chilena de la Construcción (32%), el estatal Instituto de Seguridad Laboral (21%) y el Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) (7%). En enero de 2024, tenía 93.792 empresas afiliadas, con casi 3 millones de trabajadores afiliados, según los datos de la Suseso.

  • La Asociación posee dos áreas de negocios: La red de ACHS, que atiende el seguro laboral, y que incluye al Hospital del Trabajador y 84 centros ambulatorios en el país y la filial Clínicas ACHS Salud, una sociedad holding que administra siete clínicas en regiones, una en Santiago y el Hospital del Trabajador.

Andes Salud es una red de clínicas y centros médicos distribuidos en las ciudades de Calama, Talca, Chillán, Los Ángeles, Concepción y Puerto Montt. Es controlada por las familias Sáenz y Imschenetzky (estos últimos son dueños de Marina del Sol) a través de Inversiones Renacer SpA.

  • Las clínicas fueron adquiridas en 2018 a través de un proceso de integración con ex Empresas Más Vida. La red incluía cinco clínicas, entre ellas la Clínica Universitaria de Concepción y las clínicas de Chillán, Calama, Puerto Montt y Rancagua.
  • En febrero de 2022 se supo de la intención del banco de inversiones BTG Pactual de enajenar o asociar la red de clínicas con un socio, la que quedó sin efecto en marzo de 2023.

Los otros actores. El TDLC cuando se hace parte oficia a las mutuales para que hagan sus descargos, ya que la consulta de Andes Salud apunta a las mutualidades, por lo que envían sus informes la Mutual de Seguridad perteneciente a la Cámara Chilena de la Construcción, y el Instituto Seguros del Trabajo (IST) y a la Suseso y la Fiscalía Nacional Económica.

  • También invitó a quienes quieran entregar antecedentes entre los que se sumaron, hasta el 14 de junio fecha de cierre de las presentaciones, las clínicas del grupo Banmédica, Maipo Salud, Centro Médico El Trabajador, ⁠Clínica San Agustín, ⁠Sindicato María Rozas de Movistar y  ⁠Juan Carlos Olea, presidente sindicato Enap-Emalco.
  • En su escrito, por ejemplo, la Mutual de Seguridad tras explicar el sistema de seguro laboral advierte al tribunal que de darse “una integración vertical esta puede generar riesgos anticompetitivos de subsidios cruzados, así como de acceso a información estratégica de competidores, aumentando la probabilidad de ejecutar prácticas anticompetitivas”.
  • Destaca en uno de sus puntos que “con relación a los riesgos teóricos, por ejemplo, el empaquetamiento o venta atada de prestaciones asociadas al Seguro Laboral y prestaciones fuera de dicho seguro podrían representar una ventaja imposible de replicar para otras Mutualidades, en especial en aquellas situaciones en que pudiera existir cierta confusión de parte de los
    empleadores”. De hecho hace referencia al uso de marcas comunes como “ACHS Seguro Laboral”,
    “ACHS Salud”, y “ACHS Servicios”.
  • En el caso del Grupo Banmédica, su escrito advierte “asimetrías regulatorias entre las Mutualidades y el resto de los prestadores institucionales, las que permitirían a las primeras subsidiar tanto la provisión fuera del ámbito del SLO de diversas prestaciones de salud (prestaciones hospitalarias programadas; prestaciones ambulatorias programadas; y prestaciones de urgencia), como la provisión de prestaciones específicas de salud a distintos grupos de
    pacientes a partir de convenios requeridos por entidades públicas y privadas.

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